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Regreso

Requisitos para entrar al territorio de Chile.

09.12.2021

Cambios en la legislación a partir del 1 de diciembre de este año.

komunikat

A partir del 1 de diciembre de este año, algunas de las normas de entrada al territorio de Chile han cambiado. Esto se aplica tanto a los extranjeros (independientemente del propósito de su viaje) como a los que tienen permisos de residencia de corta o larga duración en Chile.

 

Antes de embarcar en un vuelo a Chile, los viajeros deben presentar cuatro documentos:

1.           Declaraciones de salud (Declaración Jurada) - disponible en www.C19.cl

La declaración debe llenarse no antes de 48 horas al embarcar en el avión;

2.           Resultado negativo del test PCR realizado dentro de las 72 horas anteriores al embarque del vuelo entrante a Chile;

3.           Comprobante de un seguro médico con un valor mínimo de 30.000 dólares que proporcione cobertura COVID-19. Los ciudadanos chilenos, los residentes en Chile y los titulares de pasaportes diplomáticos o de servicio están exentos del seguro de enfermedad.

4.           "Pase de movilidad" - certificado de programa de vacunación completo. La obtención del certificado es un trámite individual que debe realizar cada viajero. Puede encontrar información detallada sobre las condiciones y la forma de obtener el certificado en el siguiente enlace: https://www.minsal.cl/validacion-de-informacion-de-vacunas-recibidas-en-el-extranjero/

Tenga en cuenta que este procedimiento puede durar varias semanas. Tenga en cuenta que la Embajada de Polonia no puede ayudar a los viajeros a obtener un "pase de movilidad". Los viajeros que tengan preguntas o problemas sobre el "pase de movilidad" deben ponerse en contacto con el Consulado de Chile en Polonia o enviar un correo electrónico a yomevacuno@minsal.cl

 

Una vez cumplidos los requisitos anteriores, los viajeros serán liberados de la cuarentena tras una prueba de PCR negativa en el punto de entrada al país. Los viajeros esperarán el resultado de la prueba PCR en aislamiento en el lugar declarado en la declaración de salud.

Las personas que no estén en posesión del certificado de finalización del proceso de vacunación contra el coronavirus (sólo los extranjeros que estén en la lista de excepciones del Decreto 295 de 2020 del Ministerio del Interior -Biblioteca del Congreso Nacional | Ley Chile (bcn.cl) deben someterse a una cuarentena de siete días. Las demás personas que no entren en la lista de excepciones del Decreto 295 deben tener un certificado de vacunación.

 

Se prohíbe la entrada a Chile a los viajeros que no sean nacionales de Chile o residentes en Chile y que hayan estado presentes en los siguientes países durante los últimos 14 días:

- Sudáfrica

- Zimbabue

- Namibia

- Botsuana

- Lesotho

- Eswatini

- Mozambique

Los ciudadanos o residentes en Chile que hayan estado presentes en uno de los países mencionados deben pasar una cuarentena de 7 días, estén o no completamente vacunados.

El tráfico fronterizo de pasajeros aéreos pasa por: el aeropuerto internacional Arturo Merino Benítez de Santiago, el aeropuerto de Iquique, Punta Arenas y el aeropuerto de Antofagasta.

El aeropuerto de Hanga Roa, en Isla de Pascua, sigue cerrado al tráfico de pasajeros.

Más información en el enlace:

 https://saludresponde.minsal.cl/plan-fronteras-protegidas-1-de-diciembre/

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