Información sobre las normas del reembolso de pagos por los estudios en el caso de no obtener la visa para la entrada a Polonia para iniciar o continuar los estudios
17.08.2021
Las condiciones de cobro de tasas por los servicios educativos por parte de las universidades públicas son reglamentadas en la Ley del 20 de julio de 2018, Ley de Educación Superior y Ciencia, y en el caso de las universidades privadas – se rigen por las reglamentaciones internas de estas instituciones.
Los estudiantes matriculados en un programa de estudios celebran contratos con las universidades, en los cuales se establecen condiciones detalladas en relación con el proceso de admisión, desarrollo de los estudios, así como las decisiones relativas al importe de las tasas y las normas de reembolso de las tasas pagadas. Los candidatos a estudios deben leer documentos mencionados en detalle, en particular las disposiciones sobre las condiciones para obtener el reembolso de las tasas de matrícula pagadas.
Los problemas de devolución de tasas se resuelven directamente entre los estudiantes y las universidades. El Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Polonia, las Embajadas, así como los Consulados de la República de Polonia, no actúan como intermediarios en los contactos entre los estudiantes y las universidades, ni disponen de ningún instrumento legal que permita a un extranjero, al que se le haya denegado una visa de estudiante, obtener el reembolso de las tasas de matrícula pagadas por él.
En el caso del incumplimiento, por parte de la universidad, de las cláusulas del contrato celebrado con el estudiante, particularmente en el caso de la falta de reembolso de los pagos cuando el contrato así lo establece, las reclamaciones de los pagos por los estudios se podrán realizar únicamente por vía civil.