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Pasaporte para menor de hasta 12 años: solicitud presentada por Internet

¿Dónde lo realizo?

La madre o el padre, así como el tutor legal designado por el tribunal o procurador del niño puede presentar una solicitud en línea.

Entre en la página www.gov.pl > Servicios para el ciudadano > Documentos y datos personales > Obtener pasaporte para un menor.

¿Debo presentar la solicitud personalmente?

El nuevo servicio le permite presentar una solicitud de pasaporte en línea para menores de hasta 12 años que tengan número PESEL, sin tener que acudir al consulado.

 

NOTA: Si a la solicitud se adjunta un escaneo o foto de un documento (por ejemplo: el consentimiento del otro progenitor para emitir un pasaporte a un menor acompañado de una firma certificada como auténtica por un órgano de emisión de pasaportes o un notario), el cónsul le notificará la necesidad de entregar el original de dicho consentimiento, en persona o por correo. Si no se completara la solicitud, se denegará la emisión del pasaporte al menor.

 

Fundamento jurídico: artículo 78 de la Ley de 25 de junio de 2015 Ley Consular, que establece que la prueba en los procedimientos ante el cónsul son los documentos originales o sus copias certificadas por una autoridad competente.

La solicitud presentada a través del servicio electrónico debe contener documentos electrónicos o sus copias electrónicas, firmados con firma electrónica: calificada, personal o perfil seguro. De conformidad con el artículo 54 de la Ley de Pasaportes: en ausencia de una solicitud completa, el cónsul emitirá una decisión denegando la emisión del pasaporte en un plazo de 30 días desde la fecha de presentación de la solicitud.

 

¿Qué necesito?

 

Para poder recurrir al nuevo servicio de emisión de pasaportes, la madre o el padre, o un tutor legal designado por un tribunal o procurador del menor de hasta 12 años, debe disponer de una firma electrónica: calificada, personal o perfil seguro.

El servicio de firma mediante el perfil seguro se puede configurar y confirmar sin salir de casa, a través de la banca electrónica, así como en línea, mediante teleconferencia.

El perfil seguro puede confirmarse personalmente en Polonia en el punto de certificación   (agencias tributarias, agencias de NFZ y ZUS) o en el extranjero, ante el cónsul  Confirmar el perfil seguro en la plataforma ePUAP.

¡IMPORTANTE! Para poder presentar una solicitud es obligatorio obtener el consentimiento del otro tutor: la madre, el padre, el tutor legal o el procurador del menor. Encontrará más información en la pestaña Consentimiento para emitir el pasaporte a un menor.

 

 

NOTA: Si el menor nació en el extranjero y no tiene partida de nacimiento polaca, primero solicite la transcripción (registro) del certificado de nacimiento extranjero en el registro civil polaco. Puede hacerlo usted mismo, a través de miembros de su familia más cercana o un apoderado en la oficina de registro civil en Polonia o a través del consulado.

Si el menor no tiene adjudicado un número PESEL, no es posible solicitar el pasaporte por Internet, incluso si el certificado de nacimiento polaco del niño ya está disponible (emitido como resultado de la transcripción de la partida de nacimiento extranjera). Para los niños que no tienen adjudicado un número PESEL, es posible su solicitud un pasaporte o pasaportes provisionales únicamente en las oficinas consulares, después de pedir cita en e-Consulado

 

 

 

Prepare:

 

  • una foto reciente a color del menor en formato digital para adjuntar a la solicitud electrónica; lleve al menor al fotógrafo no antes de los 6 meses antes de enviar la solicitud. Si desea tomarlas usted mismo, consulte  cómo tomar una foto de pasaporte;
  • justificante de pago de la tasa de pasaporte en la cuenta de la oficina consular (después de presentar la solicitud, la tasa no es reembolsable);
  • si el otro progenitor no registra el consentimiento en persona en el consulado/oficina de pasaportes en Polonia o a través del servicio electrónico  Consentimiento para emitir un pasaporte a un menor  o no envía el consentimiento a la Bandeja de envío electrónico de la administración Enviar un escrito general : el consentimiento del otro progenitor para emitir el pasaporte para un menor acompañado de una firma certificada por la autoridad de emisión de pasaportes o notario debe entregarse al consulado en persona o por correo;
  • si el otro progenitor está privado o limitado en la patria potestad, un documento que especifique el alcance de la patria potestad (resolución del tribunal de familia) debe entregarse al consulado personalmente o por correo;
  • si las posiciones de la madre y del padre no coinciden o es imposible obtener el consentimiento de la madre o del padre, se ha de entregar al consulado, personalmente o por correo, una decisión del tribunal de familia que autorice la emisión de un pasaporte para el menor.

 

NOTA: No necesita el consentimiento del otro progenitor cuando se presenta la solicitud en línea. El otro progenitor puede darlo más tarde.

¿Cuánto tengo que pagar?

La tasa es la del punto 1.02 de las Tasas Consulares

Después de presentar la solicitud, la tasa no es reembolsable.

Haga una transferencia bancaria a la cuenta de la oficina consular correspondiente:

cuenta de ahorros 91230001430 Banco GNB Sudameris

 

NOTA: Indique correctamente en la transferencia bancaria: Nombre y apellido del menor, fecha de nacimiento del menor, por ej. Jan Nowak, 01/01/2021

 

Tasa de envío: si elige enviar el pasaporte por correo postal o servicio de mensajería, es de 40.000 COP

 

NOTA: el envío de un pasaporte por correo o mensajería es posible únicamente si es un pasaporte para un menor de hasta 5 años - consulte la sección ¿Cómo recoger su pasaporte?

 

Pagará menos por el pasaporte si su hijo esta incluido en un Carné de Familia Numerosa en vigor.

¿Cuánto dura la tramitación?

Emitir un pasaporte dura alrededor de 8 semanas.

Al presentar la solicitud mediante Internet, recibirá una confirmación con su número de solicitud, que le será útil para:

 

Si es necesario suplir defectos formales de la solicitud electrónica de pasaporte, el cónsul le informará de ello. El tiempo de tramitación de pasaporte puede prolongarse en consecuencia.

¿Cómo recoger su pasaporte?

PERSONALMENTE

Puede recoger su pasaporte en la oficina en la que presentó su solicitud en línea.

El pasaporte del menor puede ser recogido por:

  • madre,
  • padre,
  • tutor legal,
  • procurador.

 

¡IMPORTANTE!

  1. El menor de hasta 5 años no tiene que estar presente en la recogida.
  2. El menor de entre 5 y 12 años debe estar presente en el consulado en el momento de la recogida junto con uno de los padres, tutor legal o procurador. No necesita tomar cita para recoger el pasaporte de su hijo.

 

El día que recoja su nuevo documento, traiga consigo:

  • un documento de identidad válido (DNI o pasaporte),
  • pasaporte anterior del menor (o pasaporte provisional): el pasaporte actual será invalidado, excepto aquellas páginas que contengan visas válidas, y se devolverá.

 

ENVÍO

En el caso de elegir la entrega de pasaporte para un menor de hasta 5 años a través de operador de servicios postales o de mensajería:

  • el cónsul decide si existen las condiciones que justifiquen la renuncia a la recogida personal del pasaporte; si tal solicitud no es aceptada, el cónsul informara sobre la ausencia de condiciones y la necesidad de recoger personalmente el documento;
  •  si el cónsul acepta la modalidad de envío por correo o mensajería, el solicitante deberá activar él mismo el pasaporte a través de un servicio electrónico específico Confirmar la recepción del pasaporte u otro documento equivalente entregado por el servicio de mensajería; para la activación necesita: acceso a Internet, número del nuevo pasaporte y número de solicitud (se encuentran en el justificante de presentación de la solicitud).
Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar en línea un pasaporte para un niño si no tengo su partida de nacimiento polaca?

No, no puede. Si el menor nació en el extranjero y no tiene la partida de nacimiento polaca, primero solicite la transcripción (registro) del certificado de nacimiento extranjero en el registro civil polaco. Para los niños que no tienen adjudicado un número PESEL, es posible solicitar un pasaporte únicamente en las oficinas consulares, después de pedir cita en e-Consulado

¿Cómo obtener un número PESEL?

 

El pasaporte contiene el número PESEL, que, para su obtención, requiere una copia de la partida de nacimiento polaca. El cónsul solicita un número PESEL tras la presentación personal en el consulado de una solicitud de pasaporte para un menor.

¿ Cómo puede el otro progenitor dar su consentimiento para emitir el pasaporte a un menor?

Consentimiento del otro progenitor:

  1. disponible solo para personas con firma electrónica, calificada, personal o perfil seguro:
  1. personas con pasaporte o documento de identidad en vigor:
  • El otro progenitor puede también acudir a la autoridad de emisión pasaportes en Polonia o en el extranjero (antes de que se tome la decisión) para registrar su consentimiento. Encontrará más información en la pestaña Consentimiento para emitir el pasaporte a un menor.
  • En el caso de consentimiento expresado por escrito con firma certificada por la autoridad de emisión de pasaportes o un notario, debe presentarse al cónsul el original, en persona o por correo.

¿Qué hacer cuando uno o ambos padres tienen pasaportes o documentos de identidad inválidos o no tienen ningún documento de identidad y quieren solicitar en línea un pasaporte para un menor de hasta 12 años?

 

La falta de un documento de identidad hace imposible la identificación de una persona y, por lo tanto, bloquea la presentación de una solicitud y el consentimiento para la emisión de un pasaporte para el menor. En primer lugar, los padres deben obtener pasaportes o documentos de identidad para sí mismos.

Además, para poder recurrir al nuevo servicio de emisión de pasaporte, la madre o el padre, o un tutor legal o procurador designado por un tribunal del menor de hasta 12 años, debe disponer de una firma electrónica: calificada, personal o perfil seguro.

Fundamento jurídico
  • Ley de pasaportes del 27 de enero de 2022
  • Reglamento del Ministro del Interior y Administración sobre pasaportes del 9 de septiembre de 2022
  • Ley Consular del 25 de junio de 2015
  • Reglamento del Ministro de Asuntos Exteriores sobre tasas consulares del 18 de diciembre de 2015

 

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