Transcripción (inscripción) de un certificado extranjero de nacimiento en el registro civil polaco
¿Dónde lo realizo?
Puede presentar su solicitud ante una oficina consular de la República de Polonia territorialmente competente.
¿Lo debo efectuar personalmente?
No, los documentos pueden presentarse en persona o por correo.
¿Como pido la cita?
Puede pedir la cita mediante el sistema e-konsulat.
¿Qué documentos tengo que presentar?
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solicitud de transcripción (disponible en una oficina consular lub do pobrania poniżej)
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original del certificado extranjero de nacimiento que contiene los nombres y apellidos de los padres,
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traducción de un certificado extranjero de nacimiento realizada por un traductor jurado o el cónsul.
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además, si uno de los cónyuges no tiene certificado polaco de nacimiento y no se ha inscrito el matrimonio de los padres del menor de edad en Polonia, se recomienda presentar el original del certificado de nacimiento de dicho progenitor (puede requerirse una apostilla o legalización a menos que se estipule lo contrario en reglamentos pertinentes) junto con una traducción realizada por un traductor jurado o un cónsul. Sin presentación de dicho documento, se puede realizar la transcripción, sin embargo, el certificado transcrito no contendrá todos los datos y podrá resultar imposible asignar un número PESEL y expedir un pasaporte.
Recuerde que: los documentos redactados en un idioma extranjero deben presentarse junto con una traducción oficial al polaco realizada por:
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traductor jurado inscrito en la lista del Ministro de Justicia;
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traductor jurado autorizado para realizar este tipo de traducciones en los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE);
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cónsul.
¿Cuánto tengo que pagar?
El monto según las Tasas consulares
El monto se puede pagar únicamente por medio de transferencia bancaria. Cuenta a nombre de "EMBAJADA DE LA REPUBLICA DE POLONIA" Número de cuenta: cuenta de ahorros Nº 91230001430 BANCO GNB SUDAMERIS Para otros pagos, por favor consulte con nosotros previo a su visita.
¿Cuánto demora la realización?
El cónsul entregará inmediatamente su solicitud al jefe de la oficina del Registro Civil indicada por Usted.
¿Cómo vengo a buscar los documentos?
La copia polaca del certificado puede Usted recogerla en persona, en el consulado o le puede ser enviada por correo.
¿Cómo recurrir?
El jefe de la oficina de Registro Civil se niega a inscribir un registro extranjero de estado civil (transcribirlo) si:
- un documento no está reconocido como documento de estado civil en el estado de expedición o carece de fuerza de un documento público, o no ha sido expedido por una autoridad competente, o plantea dudas sobre su autenticidad, o confirma un acontecimiento distinto de nacimiento, matrimonio o defunción;
- se ha creado un documento extranjero en resultado de una transcripción en un estado distinto del estado de acontecimiento;
- esto sería contrario a los principios fundamentales del ordenamiento jurídico de la República de Polonia;
La negativa a inscribir un registro extranjero de estado civil se adoptará en forma de una decisión administrativa contra la cual podrá interponerse un recurso ante un voivoda territorialmente competente.
Preguntas frecuentes
¿Es necesario que ambos padres estén presentes para solicitar la transcripción?
No, la presencia de ambos padres no es necesaria al solicitar una transcripción del certificado de nacimiento de su hijo. La solicitud de transcripción al jefe de la oficina del Registro Civil de su elección puede ser presentada por una persona afectada por un acontecimiento objeto de la transcripción o por cualquier otra persona que demuestre interés en la misma.
¿Puede presentar una solicitud de transcripción una persona distinta de los padres?
La solicitud de transcripción puede ser presentada por una persona «que demuestre interés en la transcripción». Por lo tanto, las solicitudes de, por ejemplo, personas no emparentadas o instituciones locales se evalúan caso por caso.
Mi pareja dio a luz a un bebé en .................. . En el certificado de nacimiento de nuestro hijo constan mis datos personales como los datos del padre del menor. Sin embargo, el divorcio de mi pareja en Polonia sigue pendiente. En caso de una transcripción, ¿se incluirán en el certificado polaco de nacimiento los datos de su cónyuge como los datos del padre del menor?
No, los datos del padre del menor de edad serán los mismos que los indicados en un certificado extranjero de nacimiento. Durante la cita se le pedirá que indique la dirección del cónyuge de su pareja. Después de la transcripción, el jefe de la oficina del Registro Civil informará al cónyuge de su pareja sobre la inscripción del certificado de nacimiento del menor y sobre la introducción de los datos de Usted como los datos del padre del menor de edad. También se le informará al cónyuge de su pareja que, si él se siente padre, puede presentar una acción de impugnación de la paternidad ante un tribunal.
¿Si el otorgamiento de un certificado polaco de nacimiento implica la asignación de un número PESEL?
No exactamente. En el caso de las personas nacidas en el extranjero y sin domicilio en Polonia, el otorgamiento de un certificado polaco de nacimiento (como resultado de la transcripción) es una condición previa necesaria para asignar un número PESEL. Sin embargo, la solicitud de este número se presenta únicamente durante la cita a fin de obtener un pasaporte. En el caso de las personas que han llevado a cabo la transcripción en relación con un procedimiento de confirmación de la nacionalidad polaca pendiente, una condición adicional para aceptar la solicitud de pasaporte (y la concesión del número PESEL) será la obtención de una decisión positiva del voivoda con respecto a la nacionalidad polaca.
Los datos en un certificado extranjero de nacimiento de nuestro hijo fueron registrados sin signos diacríticos polacos. ¿Cómo se relaciona esto con una solicitud de transcripción?
En tal caso, pueden Ustedes presentar una solicitud para ajustar la ortografía del certificado transcrito a las reglas de la ortografía polaca o una solicitud para corregir los datos sobre la base de sus certificados de matrimonio o de nacimiento. Sin embargo, cuando las oficinas del Registro Civil en Polonia corrigen los datos de los padres en el certificado de nacimiento de un menor de edad sobre esa base (como personas que ya tienen registros de estado civil en Polonia), no siempre corrigen los datos del propio menor. Esto puede llevar a una situación en la que los datos de los padres se escriben de acuerdo con las reglas de la ortografía polaca y los datos del menor de edad se registran sin signos diacríticos polacos.
Fundamento jurídico
Ustawa z dnia 28 listopada 2014 roku Prawo o aktach stanu cywilnego