Tarjeta Polaca
Disposiciones generales
La Tarjeta Polaca (Karta Polaka) es un documento que confirma la pertenencia a la Nación Polaca.
De Conformidad con la Ley de fecha 7 de setiembre 2007 sobre la Tarjeta del Polaco (Diario Oficial del año 2018, punto 1272, 1669, del 2019, punto 1095) y la Ley publicada el 13 de junio 2019 que actualiza la antes mencionada regulación, la Tarjeta Polaca puede ser concedida a la persona que en el día de la presentación de la solicitud de la Tarjeta Polaca y en el día de la entrega de la Tarjeta Polaca no tenga la ciudadanía polaca, o que no posea permiso de residencia permanente en el territorio de la República de Polonia, o que tenga el status de apátrida y que declare su pertenencia a la Nación Polaca y:
1/ Demuestre su vínculo con Polonia a través del conocimiento por lo menos en forma básica del idioma polaco, que lo considere como su lengua materna así como el conocimiento y que cultive las tradiciones y costumbres polacas.
2/ En presencia del Cónsul de la República de Polonia presentará por escrito una declaración de pertenencia a la Nación Polaca.
3/ Demuestre que es de nacionalidad polaca o que al menos uno de sus padres o abuelos, o dos bisabuelos fueron de nacionalidad polaca, o que presente una constancia de una organización polaca o de la colectividad polaca que confirme la activa participación del solicitante en actividades que beneficien al idioma y cultura polacos o de la minoría nacional polaca, por lo menos en los últimos tres años. La organización polaca tiene que estar reconocida y estar incluida en el Comunicado del Ministro de Asuntos Exteriores de fecha 3.01.2020.
4/ Presente una declaración que la persona o sus ascendientes no emigraron de Polonia o no fueron repatriados del territorio de la República de Polonia o de la República Popular de Polonia, en base a los acuerdos de repatriación llevados a cabo en los años 1944-1957 por Polonia con la República Socialista Soviética de Bielorrusia, la República Socialista Soviética de Ucrania, la República Socialista Soviética de Lituania y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas a uno de estos países que son parte del acuerdo.
La Tarjeta Polaca puede ser otorgada también a la persona cuya procedencia polaca fue confirmada por lo estipulado en la Ley de fecha 09.11.2000 sobre repatriaciones (Diario Oficial del año 2018, punto 629, 1669) con la condición que demuestre su conocimiento del idioma polaco en el nivel por lo menos básico.
La Tarjeta Polaca puede ser otorgada únicamente a la persona que no tiene ciudadanía polaca o permiso de residencia permanente en el territorio de la República de Polonia.
El solicitante de la Tarjeta Polaca, bajo pena de responsabilidad penal por una declaración falsa, está obligado a presentar una declaración que no posee la ciudadanía polaca o que no tiene permiso de residencia permanente en el territorio de la República de Polonia.
La Tarjeta Polaca no significa la adquisición de la ciudadanía polaca, ni es un documento que lo autorice al cruce de frontera o residencia en la República de Polonia.
El solicitante de expedición de una Tarjeta Polaca o de una prórroga de validez de la Tarjeta Polaca no realiza ningún pago relacionado al trámite, entre ellos las tasas consulares.
Registro para la cita con el Cónsul
El registro para la cita con el Cónsul con el fin de presentar la solicitud de la Tarjeta Polaca, se realiza al correo: lima.amb.wk@msz.gov.pl
Otorgamiento de la Tarjeta Polaca
Durante la cita con el Cónsul se deberá presentar el formulario llenado y legible de la solicitud de otorgamiento de la Tarjeta Polaca con originales y copias de los siguientes documentos:
1/ Documento de identidad con foto.
2/ Pasaporte extranjero (si lo tiene).
3/ Documentos que confirmen la nacionalidad polaca de las personas indicadas en el art. 2.1. punto 3 de la Ley sobre la Tarjeta Polaca sobre los cuales el solicitante basa su solicitud de otorgamiento de la Tarjeta Polaca o un certificado de una organización polaca o de la colectividad polaca que confirme la activa participación del solicitante en actividades que beneficien al idioma y cultura polacos o de la minoría nacional polaca, por lo menos en los últimos tres años. Para saber que documentos pueden confirmar la nacionalidad polaca, consultar el art. 13.3 de la Ley.
4/ Eventualmente documentos que confirmen el grado de parentesco del solicitante con las personas por quienes el solicitante invoca la nacionalidad polaca.
5/ Eventualmente documentos que confirmen el conocimiento del idioma polaco como lengua extranjera, expedidos conforme a las disposiciones de la Ley sobre lengua polaca, o un certificado de finalización de estudios en Polonia, o un certificado de culminación de una escuela en el extranjero con la enseñanza del idioma polaco (si hubiere).
El conocimiento del idioma polaco de las personas que no pueden presentar los documentos mencionados en el punto 5 es evaluado por el Cónsul. La conversación con el Cónsul en idioma polaco se refiere entre otros, a las tradiciones y costumbres polacas.
La Tarjeta Polaca es válida por 10 años desde la fecha de su otorgamiento. Si a más tardar, a los 3 meses del vencimiento de la validez de la Tarjeta Polaca, el titular presenta un solicitud de prórroga de validez, ésta es prorrogada por los siguientes 10 años.
La Tarjeta Polaca entregada a la persona que cumplió los 65 años, es válida por tiempo indefinido.
Otorgamiento de la Tarjeta Polaca a los menores de edad
A solicitud de los padres, se puede otorgar la Tarjeta Polaca a los menores de edad, si ambos padres tienen la Tarjeta Polaca o uno de los padres la posee y con la aceptación del otro padre, a no ser que éste esté privado de la patria potestad. El otorgamiento de la Tarjeta Polaca a un menor que cumplió los 16 años, puede realizarse únicamente con su aceptación.
Documentos indispensables:
1/ Formulario llenado en forma legible para el otorgamiento de la Tarjeta Polaca.
2/ Original y copia de la Tarjeta Polaca del padre/padres.
3/ Certificado de nacimiento del menor con una copia.
4/ Documentos de identidad de los padres y copias.
5/ Pasaporte del menor con copia (si lo tuviere).
La solicitud de otorgamiento de la Tarjeta Polaca para un menor, debe estar firmada por los padres del menor en presencia del Cónsul.
La Tarjeta Polaca expedida a un menor de edad es válida por 10 años, pero no más de 1 año después que haya cumplido la mayoría de edad. Si a más tardar, 3 meses antes del vencimiento de la Tarjeta Polaca el titular presenta una solicitud de prórroga, la validez de ésta es prorrogada por 10 años. Esto significa que después de cumplidos los 18 años, el titular de la Tarjeta Polaca debe solicitar una prórroga de validez de la Tarjeta Polaca dentro de los próximos 9 meses.
Duplicados de la Tarjeta Polaca
En caso de pérdida o deterioro de la Tarjeta Polaca, a solicitud del titular, se expide un duplicado de la Tarjeta Polaca. La solicitud del duplicado de la Tarjeta Polaca se presenta en la oficina que expidió el documento.
Emisión de la Tarjeta Polaca después de los cambios de los datos personales del titular
Si en el periodo de validez de la Tarjeta Polaca sucedieron cambios en los datos personales del titular, se emite a su solicitud una nueva Tarjeta Polaca. Para confirmar los cambios en los datos se debe presentar los documentos correspondientes del registro civil y documento de identidad que confirmen los cambios de los datos.
Apelaciones y reclamaciones
Sobre la decisión del Cónsul, la parte puede recurrir al Consejo para los Asuntos de los Polacos fuera de las Fronteras del País. El recurso se interpone a través del Cónsul que expidió la decisión, en el periodo de 30 días desde la fecha de la entrega de la decisión.
Sobre la resolución del Cónsul, la parte puede reclamar al Ministro de Asuntos Exteriores. El reclamo se interpone a través del Cónsul que emitió la resolución, en el periodo de 7 días desde la fecha de entrega de la resolución.
Derechos del titular de la Tarjeta Polaca
El titular de la Tarjeta Polaca tiene derecho a:
- La exoneración del pago por recepción y evaluación de solicitud de visa nacional.
- La exoneración del pago por recepción y evaluación de la solicitud de otorgamiento de la ciudadanía polaca.
- La exoneración del pago por la evaluación de la solicitud y expedición de permiso de residencia permanente.
- Prestación monetaria para cubrir parcialmente los costos de mantenimiento en Polonia, en caso de presentar una solicitud para residencia permanente en Polonia.
El titular de la Tarjeta Polaca que presenta una solicitud de permiso de residencia permanente ante la oficina de la gobernación regional, podrá al mismo tiempo solicitar una prestación económicas para sí y su familia por el periodo de 9 meses, de acuerdo al siguiente esquema:
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1 – 3 meses |
4 -9 meses |
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% sueldo mínimo |
% sueldo mínimo |
Solicitante y cónyuge |
50% |
30% |
Infante |
25% |
15% |
- La prioridad para solicitar una ayuda financiera destinada a apoyar a los polacos en el exterior.
- La asistencia del Cónsul dentro de sus competencias, en la aplicación y respeto de las costumbres y del derecho internacional, en situaciones que amenacen la vida o la seguridad.
- La exoneración de la obligación de contar con un permiso de trabajo y de realizar una actividad económica con arreglo a los mismos principios que los ciudadanos polacos.
- Realizar estudios, estudios de doctorado y otras formas de educación, participación en investigación y trabajos de desarrollo conforme a la Ley de Educación Superior y Ley del Sistema Educativo.
- La utilización de asistencia médica en casos de urgencia, a no ser que un acuerdo internacional prevea condiciones más favorables.
- Descuento del 37% en el transporte dentro de Polonia en trenes de pasajeros, expresos y exprés en base a tickets de un solo uso.
- Entrada gratuita a los museos nacionales en Polonia (según la lista del Ministerio de Cultura y Patrimonio Nacional).