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Un visado para estancia de larga duración (tipo D)

 

¿Dónde lo realizo?

Directamente en la oficina consular [Embajada de la República de Polonia en Caracas - av. Nicolás Copérnico, qt.a Ámbar, urb. Las Mercedes, secotr Valle Arriba. Horario de atención: martes y jueves de 9am a 12m. Contacto: caracas.amb.wk@msz.gov.pl 

¿Lo debo efectuar personalmente?

Debe presentar una solicitud de visado en persona. Las misiones diplomáticas no aceptarán solicitudes enviadas por fax, correo tradicional o correo electrónico.

¿Como pido la cita?

Una cita para presentar una solicitud de visado debe hacerse en el sistema e-konsulat
Recuerde que debe solicitar un visado a más tardar 2 semanas antes de la fecha del viaje prevista.

¿Qué documentos tengo que presentar?
  • Solicitud electrónica de visado completada en el sistema e-consulado, impresa y firmada;
  • Fotografía en color de 3,5 x 4,5 cm, La fotografía debe ser:

a.    nítida, realizada sobre fondo blanco e impresa en papel de alta calidad,
b.    de no más de 6 meses de antigüedad,
c.    tomada de frente, en la que se vea de forma clara los ojos y los dos lados de la cara, desde la cima de la cabeza hasta la parte superior de los hombros, de manera que la cara ocupe el 70-80% de la fotografía. Debe quitarse un sombrero antes de tomar una foto.

  • Pasaporte expedido dentro de los últimos 10 años, válido por lo menos 3 meses a partir de la fecha de regreso prevista, con un mínimo de 2 páginas en blanco para visados.  
  • Copia de la página de su pasaporte donde se encuentran los datos personales y una foto. 
  • Seguro de enfermedad válido en el territorio de la Unión Europea por un importe no inferior a 30 000 EUR.  
  • Copia del documento de identidad que acredite su residencia legal en el distrito consular de la misión en la que solicita el visado.
  • Confirmación de la posesión de los medios financieros en la forma que determine la institución.
  • Documentación acreditativa del alojamiento (por ejemplo, invitación oficial o reserva de hotel).
  • Documento justificativo del motivo de la entrada en el territorio de la República de Polonia.

Además, junto con la solicitud de visado para menor de edad deben presentarse:

  • Un consentimiento por escrito y notariado del padre/de los padres para presentar una solicitud de visado. Si sólo hay un tutor, esto debe ser documentado mediante la presentación de un acta de nacimiento, una decisión judicial que conceda la patria potestad exclusiva o un certificado de defunción del otro progenitor.
  • Pasaporte de los padres: original y copia.
  • Acta de nacimiento: original y copia.

Si el menor de edad está inscrito en el pasaporte de su padre o tutor legal, presente una solicitud de visado por separado.  El visado se pegará en el pasaporte de un padre o tutor legal.

Recuerde que:

  • Debe solicitar el visado en la misión diplomática cuyo distrito consular incluya su residencia permanente. 
  • Por regla general, los documentos antes mencionados son suficientes para tomar una decisión, pero el cónsul puede solicitar una documentación adicional.
  • El cónsul tiene el derecho de invitar a un solicitante de visado para una entrevista en la oficina, pero no tiene que hacerlo.
  • Los visados de tipo D le permiten permanecer en otros países Schengen durante 90 días en cualquier período de 180 días. Esto significa que puede usted permanecer en el espacio Schengen legalmente sólo si su estancia en los países Schengen en los últimos 180 días no ha excedido los 90 días.  
  • El visado de tipo D puede expedirse con un período máximo de validez de un año.
  • Recuerde que un visado no garantiza la entrada al territorio de la República de Polonia: la decisión final siempre la toma la Guardia de Fronteras.
     
¿Cuánto tengo que pagar?

El arancel por el trámite de visado Schengen (tipo C) es de 150 USD los cuales se pagan en efectivo al momento de su cita presencial en la Oficina Consular.

Los cónyuges o familiares directos de un miembro de la UE están exentos del pago del arancel por este trámite, por lo que deben presentar un documento que los identifique como tales.

La tasa de solicitud de visado no será reembolsable, independientemente de la decisión del cónsul. 

¿Cuánto demora la realización?

La decisión de expedir un visado se emitirá en el plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de pago de la tasa. Si es necesario para un examen detallado de los documentos, el plazo de examen de la solicitud podrá ampliarse a 30 días. En casos urgentes y justificados, una decisión podrá adoptarse dentro de los tres días hábiles.

¿Cómo vengo a buscar los documentos?

Personalmente en horario de atención consular (martes y jueves de 9am a 12m).

¿Cómo recurrir?

Si no está de acuerdo con una decisión del cónsul, tiene Usted derecho a presentar solicitud de un nuevo examen de su solicitud de visado. Debe Usted presentarlo en la sede de la oficina que emitió la decisión dentro de los 14 días de haberla recibido. 

La tasa por la presentación de dicha solicitud es 85 USD.
El horario de atención consular para este trámite es martes y jueves de 9am a 12m (previa cita).

Preguntas frecuentes

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