In order to ensure the highest quality of our services, we use small files called cookies. When using our website, the cookie files are downloaded onto your device. You can change the settings of your browser at any time. In addition, your use of our website is tantamount to your consent to the processing of your personal data provided by electronic means.

Visa para estancia de larga duración (tipo D)

¿Dónde lo realizo?

Su solicitud presentará en la oficina consular de la República de Polonia. 

Calle Cracovia 40
Colonia San Angel
01000 CIUDAD DE MÉXICO
tel. +(52) 55 5481-2050

¿Lo debo efectuar personalmente?

Debe presentar una solicitud de visa en persona. Las misiones diplomáticas no aceptarán solicitudes enviadas por fax, correo tradicional o correo electrónico.

¿Como pido la cita?

La cita debe reservarse por el sistema e-konsulat: https://secure.e-konsulat.gov.pl/

 

La reservación de una cita es una condición imperativa para la solicitud de visa. Se asigna una cita por persona y cada solicitante debe diligenciar un formulario. Si quisieran realizar trámites por varias personas o una familia, es necesario que reserven la cantidad correspondiente de citas.

 

En el caso que son una familia y que las citas que reservaron caen en diferentes días, pueden contactarnos para consultarnos sobre la posibilidad de atenderles en el mismo día.

 

En temporada alta (julio, agosto, enero) obtener una cita puede tomar varias semanas. Por lo tanto, recomendamos iniciar los trámites con suficiente antelación a la fecha prevista de viaje.

¿Qué documentos tengo que presentar?
  • Solicitud electrónica de visa completada en el sistema e-consulado, impresa y firmada (la solicitud debe firmarse en el consulado);
  • Fotografía en color de 3,5 x 4,5 cm, La fotografía debe ser:

a.    nítida, realizada sobre fondo blanco e impresa en papel de alta calidad,
b.    de no más de 6 meses de antigüedad,
c.    tomada de frente, en la que se vea de forma clara los ojos y los dos lados de la cara, desde la cima de la cabeza hasta la parte superior de los hombros, de manera que la cara ocupe el 70-80% de la fotografía. Debe quitarse un sombrero antes de tomar una foto.

  • Pasaporte expedido dentro de los últimos 10 años, válido por lo menos 3 meses a partir de la fecha de regreso prevista, con un mínimo de 2 páginas en blanco para visados.  
  • Copia de la página de su pasaporte donde se encuentran los datos personales y una foto. 
  • Una persona que solicite una visa nacional deberá presentar personalmente un documento que confirme la posesión de un seguro médico de viaje, a que se refiere el art. 25 inciso 1 punto 2a o un documento que acredite la posesión de un seguro médico en el sentido de la Ley de 27 de agosto de 2004 sobre servicios de atención médica financiados con fondos públicos. El seguro médico de viaje con un monto de seguro no inferior a 30,000 euros debe ser válido durante el período de la estadía prevista del extranjero en el territorio de la República de Polonia, y cubrirá todos los gastos que puedan surgir durante la estadía en ese territorio debido a la necesidad de viaje de regreso por motivos médicos, necesidad de asistencia médica urgente, tratamiento hospitalario de urgencia o fallecimiento, en los que el asegurador se compromete a cubrir los costes de los servicios sanitarios prestados al asegurado directamente a la entidad que presta tales prestaciones, en base a una factura emitida por esa entidad.
    Más información: https://www.gov.pl/web/dyawodacja/wizy en la pestaña: Información del Ministro de Asuntos Exteriores sobre las aseguradoras y seguros ofrecidos por ellas que cumplen las condiciones a que se refiere el art. 25 inciso 1 punto 2a y párrafo 1b de la Ley sobre Extranjeros de 12 de diciembre de 2013.
  • Copia del documento de identidad que acredite su residencia legal en el distrito consular de la misión en la que solicita el visado.
  • Confirmación de la posesión de los medios financieros en la forma que determine la institución (ver preguntas frecuentes).
  • Documentación acreditativa del alojamiento (por ejemplo, invitación oficial o reserva de hotel).
  • Documento justificativo del motivo de la entrada en el territorio de la República de Polonia (ver preguntas frecuentes).
  • Únicamente para los solicitantes que no cuenten con la ciudadanía mexicana o costarricense: original y copia del documento de identidad que acredite su residencia legal en México o Costa Rica (tarjeta de residente temporal o permanente).

 

Además, junto con la solicitud de visa para menor de edad deben presentarse:

  • Un consentimiento por escrito y notariado del padre/de los padres para presentar una solicitud de visa. Si sólo hay un tutor, esto debe ser documentado mediante la presentación de un acta de nacimiento, una decisión judicial que conceda la patria potestad exclusiva o un certificado de defunción del otro progenitor.
  • Pasaporte de los padres: original y copia.
  • Acta de nacimiento: original y copia.

Si el menor de edad está inscrito en el pasaporte de su padre o tutor legal, presente una solicitud de visa por separado.  El visado se pegará en el pasaporte de un padre o tutor legal.

 

Recuerde que:

  • Debe solicitar la visa en la misión diplomática cuyo distrito consular incluya su residencia permanente. 
  • Por regla general, los documentos antes mencionados son suficientes para tomar una decisión, pero el cónsul puede solicitar una documentación adicional.
  • El cónsul tiene el derecho de invitar a un solicitante de visa para una entrevista en la oficina, pero no tiene que hacerlo.
  • Las visas de tipo D le permiten permanecer en otros países Schengen durante 90 días en cualquier período de 180 días. Esto significa que puede usted permanecer en el espacio Schengen legalmente sólo si su estancia en los países Schengen en los últimos 180 días no ha excedido los 90 días.  
  • La visa de tipo D puede expedirse con un período máximo de validez de un año.
  • Recuerde que un visado no garantiza la entrada al territorio de la República de Polonia: la decisión final siempre la toma la Guardia de Fronteras.
¿Cuánto tengo que pagar?

La tasa de solicitud de visa es de 150 USD y no será reembolsable, independientemente de la decisión del cónsul. Para más información, favor de consultar: https://www.gov.pl/web/mexico/como-puedo-pagar-un-trmite

¿Cuánto demora la realización?

El tiempo de revisión depende del caso. De acuerdo con la normativa vigente, el consul emite la visa o la deniega dentro de 15 días. En algunos casos que necesiten un examen más detallado de la solicitud, el plazo podrá ampliarse hasta los 30 días. En caso que fuera necesario, el solicitante podrá solicitar el envío de su pasaporte a su domicilio y a su costo por DHL. El personal consular toma también en cuenta la situación particular de los solicitantes provenientes de Costa Rica.

¿Cómo vengo a buscar los documentos?

Los documentos se entregan en el Consulado de Polonia:

Calle Cracovia 40
Colonia San Angel
01000 CIUDAD DE MÉXICO
tel. +(52) 55 5481-2050

 

Los documentos se entregan durante el horario de trabajo del consulado (8:30-16:30), tras haber efectuado una cita con tal efecto.

En caso que fuera necesario, el solicitante podrá solicitar el envío de su pasaporte a su domicilio y a su costo por DHL.

¿Cómo recurrir?

Si no está de acuerdo con una decisión del cónsul, tiene Usted derecho a presentar solicitud de un nuevo examen de su solicitud de visa. Debe Usted presentarlo en la sede de la oficina que emitió la decisión dentro de los 14 días de haberla recibido. 

La tasa por la presentación de dicha solicitud es de 99 USD. La misma se entrega en el Consulado de Polonia:

Calle Cracovia 40
Colonia San Angel
01000 CIUDAD DE MÉXICO
tel. +(52) 55 5481-2050

Preguntas frecuentes
  • Como puedo confirmar la posesión de medios financieros suficientes?

Aceptamos permiso de trabajo y contrato de trabajo para solicitantes de visa de trabajo, carta comprobante de beca para estudiantes becarios, recibos de nómina de los últimos tres meses y carta del empleador, estados de cuenta de los últimos tres meses. El monto mínimo requerido es de aproximadamente 7000-8000 pesos por mes en ahorro disponible (en una cuenta – debería aparecer un monto que corresponda a la totalidad del periodo de estancia) o ingreso regular (recibo de nómina y carta del empleador). Presentar comprobantes de pago por el viaje, el alojamiento o los estudios (cuando aplica) permite bajar el monto mínimo necesario, en falta de aquellos o en caso de viaje con hijos o esposos – el monto requerido podrá subir. En el caso que los comprobantes de solvencia económica fueran a nombre de un tercero (por ejemplo el padre del solicitante), los documentos deben ser presentados con una carta de responsabilidad con firma certificada por notario. La carta no tiene un formato pre-establecido. Los solicitantes de visa que viajan por motivos de trabajo podrán presentar únicamente documentos relacionados con su trabajo como comprobantes de solvencia económica, no se necesitará presentar documentos adicionales excepto si el ingreso confirmado fuera inferior al necesario para solventar los gastos de sus acompañantes.

 

  • Qué tipo de documentos justificativos debo presentar?
    • Visa de estudiante para intercambio: documentos de aceptación entregados por la institución educativa polaca, carta de la institución educativa mexicana confirmando las condiciones del intercambio, constancia de estudio o cardex del solicitante.
    • Visa de estudiante para cursar una carrera de licenciatura, maestría o doctorado: documentos de aceptación entregados por la institución educativa polaca (carta de aceptación y certificado – “zaświadczenie”), comprobante de pago por los estudios, documentos relacionados con los estudios anteriores o presentes o últimos diplomas.
    • Visa de trabajo: permiso de trabajo u otro documento previsto por ley, carta de la empresa polaca u oferta de contrato de trabajo. En el caso que el permiso de trabajo no fuera obligatorio para el empleo considerado, deberá precisarse en la carta de la empresa polaca la base legal que permita solicitar la visa de trabajo y contratar al extranjero sin necesidad de tramitar un permiso de trabajo.
    • Visa de acompañante - para miembros de la familia de un solicitante o posesor de una visa de trabajo: documentos de trabajo de este familiar, carta de invitación y responsabilidad de gastos redactada por este mismo, actas de nacimiento y matrimonio que confirmen los vínculos (esposo/a, hijo/a).
    • Visa gratuita para el conyugue de un ciudadano polaco: acta de matrimonio y pasaporte polaco del conyugue, declaración/invitación del conyugue (forma libre).

 

  • Qué comprobantes de alojamiento puedo presentar?

Invitación oficial, invitación libre, reserva de hotel, confirmación de alojamiento universitario, contrato de renta. Para estancias prolongadas no requerimos que se presente un comprobante de alojamiento para todo el periodo considerado.

 

  • Voy a Polonia de trabajo y mi empleador me proveerá un seguro médico. Es necesario que contrate uno por mi lado para solicitar la visa?

En virtud de la normativa existente, es necesario presentar un seguro cuyas fechas de vigencia correspondan al periodo de la visa. Se recomienda comparar las diferentes ofertas para elegir la más conveniente. En algunos casos, seguros comprados desde Polonia son más atractivos que seguros comprados desde México, incluso cuando se trate la misma aseguradora. En el caso de personas que ya han sido registradas en el ZUS, NFZ y/o cuentan con seguros médicos privados en Polonia (como Luxmed o Medicover), los documentos que lo comprueben dispensan de la necesidad de presentar otras pólizas.

 

  • Aún no cuento con mi permiso de trabajo o mis documentos universitarios. Es útil que venga a una cita? Hay una manera de avanzar con el tramite sin estos documentos?

En caso de que no cuente con los documentos que son esenciales para la visa, puede ser preferible que aguante con su cita, ya que las solicitudes incompletas podrían dar lugar a una decisión negativa. Si su cita se acerca y no cuenta con uno de los documentos esenciales, favor de contactar al personal consular.

 

  • Aún no tengo mi boleto de ida. Es grave?

Es preferible que presente un boleto de ida, pero su falta no es una razón suficiente para denegar la visa.

 

  • No cuento con un boleto de regreso. Es grave?

Es preferible que presente un boleto de regreso, en particular si va para una estancia inferior a 6 meses, pero su falta no es una razón suficiente para denegar la visa. En caso de falta de boleto de regreso deberá acreditar de la medios económicos suficientes para pagarlo en una fecha posterior.

 

  • Reservé una cita pero queda muy lejos y necesito viajar a Polonia a la brevedad. Que puedo hacer?

Favor de consultar la sección consular sobre la posibilidad de adelantar la cita y realizar el trámite en urgencia.

 

  • Reservé una cita pero necesito reservar otra. Como puedo cancelar la cita?

En este momento el sistema no permite cancelar las citas de visa y permite agendar solo una cita por cada solicitante.

 

  • Me equivoqué en el formato de solicitud. Como puedo corregir la información?

No es posible corregir la solicitud electrónica, sin embargo pueden corregir el formato directamente a mano, dejando una firma suya al costado de cada una de sus correcciones.

{"register":{"columns":[]}}