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Visa Schengen (tipo C)

¿Dónde lo realizo?

Su solicitud presentará en la oficina consular de la República de Polonia. 

Calle Cracovia 40
Colonia San Angel
01000 CIUDAD DE MÉXICO
tel. +(52) 55 5481-2050

 

NÓTESE: Los ciudadanos mexicanos y costarricenses están exentos del requisito de visa para viajes turísticos de hasta 90 días en cualquier período de 180 días. Esto significa que no tienen que solicitar una visa Schengen (tipo C).

¿Lo debo efectuar personalmente?

Debe presentar una solicitud de visa en persona. Las misiones diplomáticas no aceptarán solicitudes enviadas por correo tradicional o correo electrónico.

¿Como pido la cita?

La cita debe reservarse por el sistema e-konsulat: https://secure.e-konsulat.gov.pl/

 

La reservación de una cita es una condición imperativa para la solicitud de visa. Se asigna una cita por persona y cada solicitante debe diligenciar un formulario. Si quisieran realizar trámites por varias personas o una familia, es necesario que reserven la cantidad correspondiente de citas.

 

En el caso que son una familia y que las citas que reservaron caen en diferentes días, pueden contactarnos para consultarnos sobre la posibilidad de atenderles en el mismo día.

 

En temporada alta (julio, agosto, enero) obtener una cita puede tomar varias semanas. Por lo tanto, recomendamos iniciar los trámites con suficiente antelación a la fecha prevista de viaje.

¿Qué documentos tengo que presentar?
  • Solicitud electrónica de visa completada en el sistema e-consulado, impresa y firmada;
  • Fotografía en color de 3,5 x 4,5 cm, La fotografía debe ser:

a.    nítida, realizada sobre fondo blanco e impresa en papel de alta calidad,
b.    de no más de 6 meses de antigüedad,
c.    tomada de frente, en la que se vea de forma clara los ojos y los dos lados de la cara, desde la cima de la cabeza hasta la parte superior de los hombros, de manera que la cara ocupe el 70-80% de la fotografía. Se debe quitarse un sombrero para la foto.

  • Pasaporte expedido dentro de los últimos 10 años, válido por lo menos 3 meses a partir de la fecha de regreso prevista, con un mínimo de 2 páginas en blanco.  Si es Usted titular de un segundo pasaporte válido, debe adjuntarlo a la solicitud de visado
  • Copia de la página de su pasaporte donde se encuentran los datos personales y una foto
  • Los solicitantes de una visa Schengen (uniforme) para entradas simples o dobles deberán demostrar que cuentan con un seguro médico de viaje adecuado y válido para cubrir los gastos que puedan surgir durante su estancia en el territorio de los estados miembros relacionados con el regreso por motivos médicos,  necesidad de atención médica urgente, tratamiento hospitalario de emergencia o fallecimiento. Los solicitantes de visa de entrada múltiple deberán demostrar que tienen un seguro médico de viaje válido y adecuado para el período de su primera visita prevista. El seguro debe ser válido en todo el territorio de los estados que forman parte del espacio Schengen (incluyendo Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein) y cubrir todo el período de la estancia prevista. La cantidad mínima de seguro es de 30,000 euros.
  • Copia del documento de identidad que acredite su residencia en el distrito consular de la misión en la que solicita el visa
  • Confirmación de la posesión de los medios financieros en la forma que determine la institución
  • Documentación acreditativa del alojamiento (por ejemplo, invitación oficial o reserva de hotel)
  • Documento justificativo del motivo del viaje y las condiciones de la estancia prevista en el territorio de la República de Polonia.
  • Los datos biométricos deben tomarse al menos cada 59 meses.

 

Además, junto con la solicitud de visa para menor de edad deben presentarse:

  • Un consentimiento por escrito y notariado del padre/de los padres para presentar una solicitud de visa. Si sólo hay un tutor, esto debe ser documentado mediante la presentación de un acta de nacimiento, una decisión judicial que conceda la patria potestad exclusiva o un certificado de defunción del otro progenitor.
  • Pasaporte de los padres: original y copia.
  • Acta de nacimiento: original y copia.

Si el menor de edad está inscrito en el pasaporte de su padre o tutor legal, presente una solicitud de visa por separado. La visa se pegará en el pasaporte de un padre o tutor legal.

Recuerde que:

  • Debe solicitar la visa en la misión diplomática cuyo distrito consular incluya su residencia permanente. 
  • Por regla general, los documentos antes mencionados son suficientes para tomar una decisión, pero el cónsul puede solicitar una documentación adicional.
  • Presente una solicitud de visa no antes de 3 meses antes de su viaje planeado.
  • El cónsul tiene el derecho de invitar a un solicitante de visa para una entrevista en la oficina, pero no tiene que hacerlo.
  • La presentación de documentos e información falsos puede dar lugar a la prohibición de entrada a los países de Acuerdo de Schengen.
  • Una visa no garantiza la entrada en el espacio Schengen: la decisión final siempre la toman los servicios del país en el que planee cruzar la frontera.

 

La visa no garantiza entrada en el territorio del espacio Schengen; la decisión final la toman los servicios del país por el que se planea cruzar la frontera del espacio. Se le puede pedir que presente en la frontera evidencia de que cumple con las condiciones de entrada previstas en el Artículo 5 del código de fronteras Schengen.

¿Cuánto tengo que pagar?

La tarifa de solicitud de visa es de 100 USD.
Para un niño menor de 6 años la admisión y el procesamiento de la solicitud son gratuitos.
Para un niño de 6 a 12 años la tarifa de admisión y procesamiento es de 50 USD.
La tarifa de solicitud de visa no es reembolsable independientemente de la decisión del cónsul.

¿Cuánto demora la realización?

El cónsul expide visas ​​sin demoras indebidas. En el caso de una solicitud incompleta, dudas del Cónsul o necesidad de realizar verificaciones y consultas adicionales se amplía el tiempo de examen de la solicitud. El cónsul tiene 15 días naturales para tomar una decisión sobre la visa. En casos excepcionales, este plazo podrá ampliarse hasta 45 días. Los ciudadanos de ciertos países o pertenecientes a categorías especiales están sujetos a consultas obligatorias, lo que excluye la posibilidad de emitir una visa inmediatamente después de presentar la solicitud, incluso si la solicitud está completa y el cónsul no implica objeciones de fondo. Si tiene preguntas adicionales, comuníquese al cons.mex@msz.gov.pl.

¿Cómo vengo a buscar los documentos?

Los documentos se entregan en el Consulado de Polonia:

Calle Cracovia 40
Colonia San Angel
01000 CIUDAD DE MÉXICO
tel. +(52) 55 5481-2050

 

Los documentos se entregan durante el horario de trabajo del consulado (8:30-16:30), tras haber efectuado una cita con tal efecto.

¿Cómo recurrir?

En el caso de una decisión negativa, se le informará al solicitante y se le darán las razones de tal decisión.

Si no está de acuerdo con una decisión del cónsul, tiene Usted derecho a presentar solicitud de un nuevo examen de su solicitud de visa. Debe Usted presentarlo en la sede de la oficina que emitió la decisión dentro de los 14 días de haberla recibido en los horarios de oficina de los días hábiles.

Calle Cracovia 40
Colonia San Angel
01000 CIUDAD DE MÉXICO
tel. +(52) 55 5481-2050

 

Retirada o anulación de la visa Schengen

Si recibió una decisión de retirada o anulación de visado Schengen y no está de acuerdo con la misma, tiene derecho a solicitar su revisión. Sin embargo, si usted mismo había solicitado la anulación de la visa Schengen y el cónsul se la concedió, no dispone de tal recurso.

 

La solicitud de revisión por el cónsul deberá entregarse dentro del plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción de la decisión de anulación o retirada de la visa Schengen, en la sede de la institución que expidió tal decisión (horarios de oficina en dias laborales).

 

La solicitud de revisión en caso de retirada o anulación de una visa Schengen no supone coste alguno.

 

 

Reclamaciones contra la denegación de la visa Schengen, su retirada o anulación, así como la actuación del cónsul en estos aspectos

Si después de examinar su solicitud de revisión del caso, el cónsul emitió una nueva decisión denegando, anulando o retirando la visa y usted no está de acuerdo con la misma, puede recurrir tal decisión ante el tribunal administrativo provincial [Wojewódzki Sąd Administracyjny] de Varsovia (Polonia). El recurso deberá entregarse al cónsul que emitió la decisión dentro del plazo de 30 días a partir de la recepción de la decisión fruto de la revisión del caso.

 

Al entregar el recurso al cónsul no tiene que realizar pago alguno; sin embargo, los procedimientos ante los tribunales administrativos sí están sujetos al pago de tasas. Por lo tanto, tenga en cuenta que el tribunal le requerirá el pago de la tasa judicial. En la siguiente página encontrará la información sobre las tasas judiciales aplicables a las quejas ante los tribunales administrativos, la posibilidad de solicitar una exención de los costos del procedimiento y el idioma del procedimiento:

http://bip.warszawa.wsa.gov.pl/133/wpis-sadowy-zasady-dokonywania-wpisu.html

 

El poner un sello en el pasaporte que demuestre que la solicitud es admisible (Artículo 20 del código comunitario de visas) no implica ninguna consecuencia legal.

Preguntas frecuentes

 

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