Extravío de la tarjeta de identidad
¿Dónde lo realizo?
En caso de dañar o extraviar su tarjeta de identidad en el extranjero, informe inmediatamente al consulado de la República de Polonia.
¿Lo debo efectuar personalmente?
Tiene que dejar constancia de tal ocurrencia personalmente en el consulado, o bien por escrito: mediante una carta o a través del telefax.
¿Como pido la cita?
No hace falta pedir cita.
¿Qué documentos tengo que presentar?
- Formulario de daño o extravío de la tarjeta de identidad: lo puede descargar abajo o venir a buscarlo en el consulado,
- Tarjeta de identidad, si desea reportar su daño,
- Otro documento de identidad, p.ej. un pasaporte, si lo posee.
¿Cuánto tengo que pagar?
La notificación en sí no implica coste alguno.
¿Cuánto demora la realización?
El cónsul aceptará la notificación sobre el extravío o daño del documento de forma inmediata.
¿Cómo vengo a buscar los documentos?
Tras avisar de extravío o daño de la tarjeta de identidad personalmente en una oficina consular, recibirá un resguardo pertinente.
En caso de entregar el formulario por correo postal o por fax tiene que marcar que prefiere recibir el resguardo pertinente p. ej. también por correo postal.
Conserve el resguardo, le puede resultar útil más tarde. Es válido hasta que se emita una nueva tarjeta de identidad o durante dos meses como máximo.
Recuerde que tal resguardo, obtenido en el consulado, no se considera prueba de identidad.
La invalidación de su tarjeta de identidad se efectuará en la fecha de notificación al cónsul de su extravío o daño.
¿Cómo recurrir?
No aplicable.
Preguntas frecuentes
¿Puedo entregar la solicitud de tarjeta de identidad en la oficina consular?
El cónsul no expide tarjetas de identidad. La solicitud solo puede presentarse en Polonia, en cualquier ayuntamiento.
Perdí el pasaporte y la tarjeta de identidad y tengo que regresar a Polonia. ¿Puede el cónsul otorgarme un documento que me autorice a cruzar la frontera?
Sí, en tal caso puede solicitar un pasaporte temporal. Los requisitos acerca de la documentación necesaria para obtener el pasaporte temporal están publicados en la sección de emisión de pasaportes temporales.
Materiały
Información sobre la perdida o robo del documento de identidadZgloszenie_utraty_dowodu_osobistego.pdf 0.09MB
Fundamento jurídico
Ustawa z dnia 6 sierpnia 2010 r. o dowodach osobistych
Rozporządzenie Ministra Spraw Wewnętrznych z 29 stycznia 2015 r. w sprawie wzoru dowodu osobistego oraz sposobu i trybu postępowania w sprawach wydawania dowodów osobistych, ich utraty, uszkodzenia, unieważnienia i zwrotu
Ustawa z dnia 25 czerwca 2015 r. Prawo konsularne