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Autorización para traslado de cadáveres o cenizas (restos humanos) al país

¿Dónde lo realizo?

La autorización para traslado de cadáveres o cenizas (restos humanos) al país puede obtener en la oficina consular territorialmente competente de la República de Polonia. 

¿Lo debo efectuar personalmente?

Puede presentar los documentos en persona, a través de un apoderado o enviarlos por correo.

¿Como pido la cita?

Puede pedir la cita mediante el sistema e-konsulat o contactar con el Consulado por teléfono: (51-1) 471-3925 / 471-4813 / escribir al correo:  lima.amb.wk@msz.gov.pl

¿Qué documentos tengo que presentar?

Prepárese:

  • la partida de defunción donde conste la causa del fallecimiento,
  • la autorización de inhumación emitida por la autoridad competente en Polonia (starostwo powiatowe o intendente de la ciudad) - se emite a petición de la familia del difunto o de una empresa funeraria autorizada,
  • la autorización de incineración y / o certificado de la empresa funeraria o de las autoridades sanitarias que confirme que la urna o el ataúd son herméticos y aptos para el transporte internacional.
¿Cuánto tengo que pagar?

La tasa consular es de 54 USD.

Las tasas pueden abonarse en la cuenta bancaria de la Embajada en Scotiabank.

Para más información, por favor contactar con el Consulado por teléfono: (51-1) 471-3925 / 471-4813 o escribir al correo:  lima.amb.wk@msz.gov.pl
Formas de pago aceptadas: efectivo

¿Cuánto demora la realización?

El cónsul expedirá un certificado sin demora indebida, a más tardar los 3 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. 

¿Cómo vengo a buscar los documentos?

En persona. Además, puede solicitar que los documentos se le entreguen por correo, si cubre los gastos de envío.

¿Cómo recurrir?

Si el cónsul se niega a realizar una acción, emitirá una decisión contra la cual podrá Usted interponer un recurso ante el Ministro de Asuntos Exteriores en un plazo de 7 días. El recurso se presenta a través del cónsul que dictó la decisión.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la familia no se decide a trasladar un cadáver a Polonia?

En caso de que la familia del difunto se decida a no trasladar un cadáver a Polonia, el cónsul solicitará a las autoridades locales que lo entierren de acuerdo con la Ley local (a expensas de las autoridades locales en los cementerios públicos).

Recuerde que el cónsul no cubre ninguna obligación financiera ni da consejos, y tampoco toma decisiones en nombre de familia de un difunto con respecto a la elección de un método o un lugar de entierro.

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