Transcripción (inscripción) de un certificado extranjero de defunción en el registro civil polaco
¿Dónde lo realizo?
Puede presentar su solicitud ante una oficina consular de la República de Polonia territorialmente competente.
¿Lo debo efectuar personalmente?
No, los documentos pueden presentarse en persona o por correo.
¿Como pido la cita?
Puede pedir la cita mediante el sistema e-konsulat / por teléfono:
Consulado General de la República de Polonia en Barcelona : (+34) 933 220 542 o (+34) 933 227 234 - lunes a viernes entre las 15.00 y 16.00 horas
¿Qué documentos tengo que presentar?
- solicitud de transcripción (disponible en una oficina consular o para descargar aquí)
- original del certificado extranjero de defunción: tenga en cuenta que en caso de transcripción de certificados de defunción de terceros países un certificado de defunción debe estar legalizado, a menos que se indique lo contrario en las disposiciones pertinentes;
- traducción de un certificado extranjero de defunción realizada por un traductor jurado o el cónsul.
Recuerde que: Los documentos redactados en un idioma extranjero deben presentarse junto con una traducción oficial al polaco realizada por:
- traductor jurado inscrito en la lista del Ministro de Justicia;
- traductor jurado autorizado para realizar este tipo de traducciones en los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE);
- cónsul.
¿Cuánto tengo que pagar?
La tasa es de 50 EUR.
¿Cuánto demora la realización?
El cónsul entregará inmediatamente su solicitud al jefe de la oficina del Registro Civil indicada por Usted.
¿Cómo vengo a buscar los documentos?
La copia polaca del certificado la puede Usted recoger en persona, en el consulado o le puede ser enviada por correo.
¿Cómo recurrir?
El jefe de la oficina de Registro Civil se niega a inscribir un registro extranjero de estado civil (transcribirlo) si:
- un documento no está reconocido como documento de estado civil en el estado de expedición o carece de fuerza de un documento público, o no ha sido expedido por una autoridad competente, o plantea dudas sobre su autenticidad, o confirma un acontecimiento distinto de nacimiento, matrimonio o defunción;
- se ha creado un documento extranjero en resultado de una transcripción en un estado distinto del estado de acontecimiento;
- esto sería contrario a los principios fundamentales del ordenamiento jurídico de la República de Polonia;
La negativa a inscribir un registro extranjero de estado civil se adoptará en forma de una decisión administrativa contra la cual podrá interponerse un recurso ante un voivoda territorialmente competente.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que solicitar una transcripción de un certificado de defunción para obtener una autorización para traslado de cadáveres y cenizas?
No, la transcripción de un certificado de defunción no constituye un requisito previo a la emisión de una autorización para traslado de cadáveres o cenizas.
Materiały
Solicitud de transcripción (inscripción) de un certificado extranjero de defunción en el registro civil polacoWniosek_o_transkrypcję_zagranicznego_aktu_zgonu_w_polskim_rejestrze_stanu_cywilnego.doc 0.04MB
Fundamento jurídico
Ustawa z dnia 28 listopada 2014 roku Prawo o aktach stanu cywilnego (Dz.U. z 2018 r. poz. 2224)