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Transcripción de una partida extranjera de defunción en el registro civil polaco

¿Dónde lo realizo?

La solicitud puede presentarse a través del consulado de la República de Polonia competente según el lugar de residencia del solicitante.

¿Lo debo efectuar personalmente?

Puede presentar los documentos en persona o a través de un apoderado. 

¿Cómo pido la cita?

Los turos se obtienen únicamente a través de la página e-konsulat (asuntos legales).

Para saber más acerca de los nuevos protocolos de atención al público, ingrese AQUÍ.

¿Qué documentos tengo que presentar?
  1. solicitud de transcripción (disponible en la oficina consular),
  2. original apostillado de la partida extranjera de defunción,
  3. traducción de la partida extranjera de defunción realizada por un traductor jurado o el cónsul. Para agilizar el trámite, le recomendamos que realice las traducciones ante un traductor local en Argentina / Uruguay / Paraguay antes del turno en el consulado. De esta forma, el cónsul solo verificará las traducciones y las certificará para que tengan validez legal en Polonia, lo que acelera considerablemente todo el trámite y rebaja las tasas consulares.

 

Recuerde que: Los documentos redactados en un idioma extranjero deben presentarse junto con una traducción oficial al polaco realizada por:

  1. traductor jurado inscrito en la lista del Ministro de Justicia;
  2. traductor jurado autorizado para realizar este tipo de traducciones en los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE);
  3. cónsul.
¿Cuánto tengo que pagar?

La tasa es de 56 USD.

El arancel consular se abona en dólar estadounidense en efectivo y en monto completo al momento de iniciar el trámite. No se aceptan billetes rotos o deteriorados. A partir del 1 de diciembre de 2019 no se aceptan billetes de las series antiguas, emitidas antes del año 1996.

¿Cuánto demora la realización?

El cónsul transmitirá inmediatamente su solicitud a la oficina del Registro Civil en Polonia de su elección.

Actualmente, el trámite -a partir del día de la presentación de la solicitud hasta la entrega de la partida al solicitante- demora entre 3 y 4 meses.

¿Cómo vengo a buscar los documentos?

Se suspende hasta nuevo aviso el retiro presencial de las decisiones administrativas relativas a la ciudadanía polaca y de las partidas de registro civil polaco en la sede del consulado. Le mandaremos los originales por correo certificado a su domicilio indicado en el formulario de solicitud.

¿Cómo recurrir?

El jefe de la oficina del Registro Civil se niega a transcribir una partida extranjera en el registro civil polaco si:

  • el documento no está reconocido como documento de estado civil en el estado de expedición o carece de validez de un documento público, o no ha sido expedido por la autoridad competente, o plantea dudas sobre su autenticidad, o confirma un acontecimiento distinto de nacimiento, matrimonio o defunción;
  • la partida es resultado de una transcripción en un estado distinto del estado de acontecimiento;
  • la transcripción sería contraria a los principios fundamentales del orden jurídico de la República de Polonia;

La negativa se adoptará en forma de una decisión administrativa contra la cual podrá interponerse un recurso ante la delegación del gobierno competente. 

Preguntas frecuentes

¿Tengo que solicitar la transcripción de la partida de defunción para obtener la autorización para el traslado de cadáveres y cenizas?

No, la transcripción de la partida de defunción no constituye un requisito previo a la emisión de la autorización para el traslado de cadáveres o cenizas.

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